Una intimación de la ART no es una multa: es un aviso formal de que la aseguradora detectó incumplimientos de Higiene y Seguridad y te da un plazo para corregirlos. Si la respondés bien y a tiempo, el tema se cierra ahí.
¿Por qué te intima la ART?
La Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) obliga a las ART a controlar que sus empresas aseguradas cumplan con la normativa de Higiene y Seguridad. Cuando en una visita o en un relevamiento detectan algo que no cumple, tienen que pedirte que lo corrijas, y si no se corrige, informarlo a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), que puede iniciar un sumario y aplicar sanciones.
Lo que más suelen pedir
- Contar con un servicio de Higiene y Seguridad o un profesional responsable.
- Constancias de capacitación del personal.
- Registro de entrega de elementos de protección personal (EPP).
- Matafuegos vencidos, mal ubicados o insuficientes.
- Mediciones de ruido, iluminación o puesta a tierra.
- Tableros eléctricos sin protección, falta de orden y limpieza o señalización.
- En obras: programa de seguridad, aviso de obra o condiciones de trabajo en altura.
Qué hacer, paso a paso
- No la ignores. El plazo corre desde que la recibís.
- Leela con calma y anotá cada punto que te piden y la fecha límite.
- Ordená por prioridad: primero lo que puede causar un accidente grave (electricidad, altura, incendio) y después la documentación.
- Corregí y documentá: fotos del antes y el después, constancias firmadas, facturas de recarga de matafuegos, protocolos de medición.
- Respondé por escrito dentro del plazo, punto por punto, adjuntando la evidencia.
- Si algo lleva más tiempo, informalo con un plan de trabajo y fechas concretas en lugar de dejarlo sin respuesta.
¿Y si ya venció el plazo?
Igual conviene regularizar y responder cuanto antes: mostrar que se corrigió y que hay un responsable técnico cambia mucho la situación frente a la ART y frente a una eventual inspección.
Información general de orientación. Cada caso depende de la actividad, la jurisdicción y lo que diga la intimación: consultanos para revisar el tuyo.
